Dentro de los Delitos contra la Administración Pública se encuentran el delito de prevaricación, el delito de malversación de caudales públicos y el delito de tráfico de influencias.
En caso de tener dudas sobre estos tipos penales o de haber sido acusado por la comisión de alguno de estos delitos, lo mejor es contar con un abogado penalista en Madrid, tal es el caso de Sanz de Bremond.
El delito de malversación se encuentra regulado en los artículos 432 a 435 bis del Código Penal.
Este delito solo podrá ser cometido por un funcionario público o una autoridad, quienes deberán cometer el delito del artículo 252 del Código Penal. Así pues, el funcionario público o la autoridad deberá cometer un delito de apropiación indebida sobre el patrimonio público.
Este delito será castigado con una pena de prisión de 2 a 6 años, además de una pena de inhabilitación especial para cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de 6 a 10 años.
Regulado en los artículos 404 a 406 y en los artículos 446 a 449 y en el artículo 467 del Código Penal, el delito de prevaricación se puede referir al delito de prevaricación judicial, de prevaricación de abogado, o prevaricación de funcionario público.
Regulado en los artículos 428 al 430 del Código Penal, el delito de tráfico de influencias tiene tres variantes diferentes:
En estos delitos, relacionados con el derecho penal económico, lo mejor es confiar la defensa a un buen abogado penalista especializado en estas cuestiones, sin duda de gran complejidad.
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